Nadie puede quedarse sin agua, incluso cuando hay falta de pago: SCJN
Fecha: 22/04/2025
Hora: 11:57 hrs.


El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una sentencia histórica que reconoce la validez de los artículos 74 y 75, último párrafo, de la Ley que Regula la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Querétaro, publicada el 9 de abril de 2024. Esta resolución, emitida el 21 de abril de 2025, responde a una acción de inconstitucionalidad promovida por el Poder Ejecutivo Federal contra estos artículos.
El Poder Ejecutivo Federal, a través de la Consejería Jurídica, argumentó que la reforma a la Ley de Querétaro frustra el contenido del artículo 4° constitucional, ya que permite que entes privados puedan limitar o cortar el suministro de agua por falta de pago. Esto, según la demanda, pone en riesgo el derecho humano al agua, un derecho fundamental consagrado en la Constitución mexicana.
fuente msn

* Usuario, Fecha y Hora de Creación: ID5 - 22/04/2025 - 11:58:46 hrs.
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